CAMAGÜEY.- El Decreto-Ley 365 del Ministerio de la Agricultura, que equipara las modalidades de cooperativas agropecuarias y unifica en un solo cuerpo legal los principios generales sobre su constitución y funcionamiento,  publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria número 37, fue debatido la víspera en Camagüey por productores y directivos del sector.

Idael Pérez Brito, viceministro primero de la Agricultura explicó a los presentes en el seminario provincial que el propósito de dichas normas es otorgar mayores facultades y crear escenarios favorables para el progreso de las cooperativas agropecuarias, teniendo en cuenta su relevancia en la producción de alimentos en el país.

“Es imposible desarrollar la agricultura en Cuba sin las cooperativas” aseguró. “El escenario productivo hoy está allí. La única empresa en el país que se sostiene sin estas bases productivas es Cuba Soy, el resto depende de ellas. De su desarrollo y fortalecimiento depende que logremos las tres tareas más importantes de nuestro ministerio: incrementar el aporte al autoabastecimiento territorial, sustituir importaciones y ampliar las exportaciones”.

La normativa se propone equiparar las modalidades de cooperativas agropecuarias: Cooperativas de Créditos y Servicios (CCS), Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA) y Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC) en cuanto a tratamiento a lo laboral, régimen disciplinario, solución de conflicto y unificarlas en un solo cuerpo legal.

Poner en igualdad de condiciones a todos los actores del escenario productivo les permite a las diferentes formas cooperativas agropecuarias existentes en el país el acceso a la adquisición de medios, insumos y servicios, en el interés de lograr una adecuada materialización del programa de desarrollo.

Ricardo Monzón Novoa, director de Desarrollo Cooperativo del MINAG, aclaró que “la vinculación no significa subordinación”, sino que se basa en relaciones contractuales y de igualdad. Se trata de que las empresas apoyen la gestión de las cooperativas, viabilizando los procesos y respetando su autonomía, añadió. 

El Decreto- Ley (DL) 365 redefine las funciones de las CCS y ratifica como su función principal, facilitar a los asociados el acceso a los créditos bancarios, a los insumos y servicios que completan los ciclos tecnológicos, la contratación y comercialización de las  producciones y contribuir al desarrollo integral de la  comunidad donde están domiciliadas.

Por otra parte, el Artículo 24 del DL autoriza a toda la base productiva después de cumplidos sus contratos, a vender sus producciones a las personas naturales y jurídicas que consideren, en tanto el 46, en sus incisos 1 y 2, autoriza a los agricultores pequeños asociados o no a las cooperativas agropecuarias a contratar directamente la fuerza de trabajo permanente que requieran.

Según explicaron los funcionarios del Ministerio de la Agricultura, de acuerdo con la nueva ley, la empresa a la cual se vincula la cooperativa asume la responsabilidad del control del cumplimiento de las normas técnicas que rigen el proceso productivo.

Con el DL no. 365 y su reglamento se derogan la Ley No. 95 “De las Cooperativas de Producción Agropecuaria y de Créditos y Servicios” y el Decreto Ley No. 142 “Sobre las Unidades Básicas de Producción Cooperativa”, su puesta en vigor será en el mes de noviembre.