LA HABANA.- El Proyecto de Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) y del Consejo de Estado será presentado para su aprobación durante el IV Período Ordinario de Sesiones del Parlamento en su IX Legislatura, el cual se desarrollará el 20 y 21 de diciembre.

El nuevo texto da cumplimiento a la Séptima Disposición Transitoria de la Carta Magna proclamada en abril pasado, la cual establece que la ANPP en el plazo de un año luego de la entrada en vigor de la Constitución, aprueba su reglamento y el del Consejo de Estado.

El proyecto de ley está dividido en tres títulos: Preliminar, I y II, los cuales abarcan desde las disposiciones generales hasta la organización y funcionamiento de los órganos anteriormente aludidos.

Precisa   que   la   convocatoria   a   consultas   populares,   referendos   y plebiscitos  por  la  ANPP,  además  de  las exigencias  constitucionales  en  tal  sentido,  podrán  ser  interesados  por  los diputados, las comisiones permanentes y los restantes órganos superiores del Estado y la decisión de efectuarlos se adoptará mediante acuerdo del Parlamento,  quien  encargará  al  Consejo  de Estado  la  atención  del  proceso  en  coordinación  con  el  Consejo  Electoral Nacional.

Establece  como  principio  que  la  toma  de  posesión  de  los  principales cargos  del  Estado  se  realizan  ante  la  ANPP, y que  el  Consejo  de  Estado  sesiona  cada  dos  meses  con carácter   ordinario   y   extraordinario   cuantas   veces   lo   convoque   su Presidente o lo interese el Presidente de la República.

El texto instituye que ambas estructuras establecen, con los órganos locales del Poder Popular, relaciones de control sobre el cumplimiento de la Constitución y las  leyes, sus atribuciones y de las decisiones de los órganos superiores del Estado; así como de coordinación y recomendaciones sobre el trabajo que desarrollan.

 Con la entrada en vigor de esta Ley se derogaría el Reglamento de la ANPP; su Reglamento de Sesiones, y el Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba de fecha 20 de agosto de 2018 (Reglamento del Funcionamiento interno del Consejo de Estado).